logougm MR

CENEVAL

Los pasantes podrán obtener su título sin necesidad de presentar examen profesional, mediante la aprobación de un Examen General de Conocimientos sobre los estudios teóricos-prácticos de la carrera cursada, previa solicitud y pago de derechos arancelarios.

 El alumno que repruebe el Examen General de Conocimientos podrá volver a presentarlo en un plazo no mayor de seis meses, o bien optar por otra de las modalidades de titulación previstas en este reglamento.

Asimismo, los pasantes podrán obtener su título sin necesidad de presentar examen profesional, cuando aprueben el Examen General para el Egreso de la licenciatura (EGEL), ofrecido por CENEVAL o por la instancia y denominación que en su momento le sustituya. Para tal efecto, deberán informar a la institución de la presentación de este examen.

El Consejo Técnico emitirá un dictamen en el que decidirá si el documento que acredita la aprobación del Examen General para el Egreso de la Licenciatura, reúne los requisitos de validez.

Por Promedio

Los pasantes podrán obtener su título sin necesidad de presentar examen profesional, siempre y cuando no hayan presentado ningún examen con carácter de extraordinario en primera inscripción y con promedio general de nuevo como mínimo, las asignaturas , talleres, laboratorios, prácticas y seminarios que establezca el plan de estudios correspondiente, salvo casos especiales que dictamine el Consejo Técnico en los cuales el alumno haya visto afectadas sus calificaciones por pagos o enfermedad

El consejo Técnico emitirá el dictamen sobre el promedio de calificaciones de los alumnos, en el caso a que se refiere el artículo anterior.

Diplomado

Los pasantes podrán obtener su título sin necesidad de presentar examen profesional, al cursar un diplomado afín a su área y específicamente diseñado para su titulación a través del plantel de egreso, con una duración estimada de 6 meses.

Para determinar la procedencia o improcedencia de cursar el diplomado para titulación el Consejo Técnico analizará y dictaminará la pertinencia para cada solicitante

Derivado del diplomado el alumno integrará un trabajo escrito de acuerdo a los siguientes: tesis, tesina, monografía, reporte técnico, informe de proyecto, de residencias profesionales, proyecto emprendedor o memoria, de acuerdo a lo estipulado en los artículos de examen profesional del presente reglamento.

Dicho trabajo será evaluado por un comité designado por el consejo técnico que evaluarán la calidad del proyecto y avalarán la procedencia de la titulación.

Posgrado

Los pasantes podrán obtener su título sin necesidad de presentar examen profesional, al aprobar las asignaturas, talleres o laboratorios equivalentes a sesenta o más créditos en cursos de especialización; así también, cuando cubran el cincuenta por ciento o más de los créditos de un programa de maestría o su equivalente en un programa de doctorado.

El Consejo Técnico emitirá un dictamen académico sobre el programa de especialidad maestría o doctorado que pretendan cursar los aspirantes con la finalidad de determinar su validez para efectos de titulación, en el caso a que se refiera el artículo anterior, para lo cual el alumno deberá solicitar validación antes de cursarlo.

Para determinar la procedencia o improcedencia de los estudios de especialidad o maestría presentados para efectos de titulación, el Consejo Técnico analizará y dictaminará la pertinencia de la documentación que presente el solicitante.

El Consejo Técnico designará al jurado protocolario en los casos de examen general para el egreso de Licenciatura, titulación por promedio, diplomado y acreditación de estudios de posgrado que un acto formal expida un acta equivalente a la del examen profesional.

Los egresados que se titulen por alguna de estas modalidades deberán cubrir, además, los requisitos que establece la universidad para la expedición de títulos y apegarse a los procedimientos académicos, técnicos y administrativos.

Es de considerar  que el tiempo de los trámites de titulación depende de los tiempos estipulados en las diferentes instancias al presente momento para la expedición de documentos oficiales, por lo que el plazo de titulación puede variar entre 6 meses y un año a partir de que el alumno cumple todos los requisitos solicitados para el inicio del trámite.

El alumno tendrá un plazo para titularse de 3 años, para lo cual en el caso de no haber acreditado ninguna de las opciones, procederá cursar al menos 4 cursos relacionados con la investigación y la actualización de su carrera para poder elegir alguna modalidad de titulación. Dichas materias no se asentarán en calificaciones ni conforman en sí mismas una opción de titulación, sino que únicamente le darán el derecho a terminar los trámites de titulación.

    redes Regresar a principal